DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015

Fecha: 30-Jun-2015

punto a.

El punto a. procedía a diferenciar los distritos urbanos de los rurales bajo el siguiente texto: “…a nivel del distrito urbano y rural y coordinar la ejecución de las mismas…”, razonamiento que de acuerdo al texto constitucional es incompatible, pues hay una sola conceptualización de distrito como espacio de planificación y hay el distrito indígena originario determinado por la norma especial que por mandato del art. 271 de la CPE, remite estas atribuciones competenciales a la ley de nivel central vigente Ley Marco de Autonomías y Descentralización.