DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015

Fecha: 30-Jun-2015

“Artículo 26° (Representante del pueblo indígena originario)

“Artículo 26° (Representante del pueblo indígena originario) Conforme a la Constitución Política del Estado Plurinacional y el mandato de la presente Carta Orgánica municipal, el pueblo originario Guaraní enviara para la conformación del Concejo Municipal sus representantes, titulares y suplentes elegidos mediante usos y costumbres, cuyo número debe ser asignado por el Órgano Electoral de acuerdo a ley”.