DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015

Fecha: 30-Jun-2015

numeral 34


El numeral 34, presentaba una redacción contradictoria, antes que una atribución la redacción proponía una obligación para con el legislativo, hecho que por la independencia y separación de órganos dispuesta en el art. 12.I de la CPE, ya no es permisivo pues, el Concejo ahora tiene sus facultades muy específicas entre las cuales, está la legislativa y fiscalizadora, por tanto el alcalde o alcaldes únicamente deberá informar a esta instancia sobre su ausencia temporal para fines de que se nombre un suplente en aplicación del art. 286.I de la CPE.
Por tanto el numeral se declaró incompatible.