DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015

Fecha: 30-Jun-2015

art. 30.c

El art. 30.c, determinaba los alcances de la Ordenanza Municipal, que bajo el análisis realizado al 16.I y III de la Norma Básica, fue declarado incompatible.

Sobre el punto b, cabe aclarar que el art. 410.II.3 de la CPE, ha establecido la misma jerarquía para todas las leyes, incluidas las autonómicas, en el que no se hace referencia a leyes especiales. La Ley Fundamental para referirse a materias estratégicas nacionales como los recursos naturales se encuentran en los arts. 368 como en el 390; sin embargo, la norma básica ingresaba en ambigüedad y obscuridad al no señalar con claridad cuál el objeto en el siguiente sentido: “…para tratar temas particulares y sensibles a la administración de la autonomía municipal”, lo que debía ser precisado en la norma básica para declarar su compatibilidad, mientras resultaba incompatible con el art. 410.