DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2016

Fecha: 16-Dic-2016

2)

2)   El Escudo de Armas, creado por Cédula Real, expedida el 7 de noviembre de 1636 a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra y asumido como símbolo Departamental por Decreto Prefectural No. 11/85. Está constituido por un blasón, divido en tres cuarteles, con la gran cruz potenzada en el centro; tres palmeras de totaí y dos cruces entrelazadas en ambos lados del cuartel superior; un árbol de toborochi en el cuartel inferior izquierdo; un castillo (torre almenada) en el centro inferior; y un león rampante en el cuartel derecho. El emblema está rematado por una corona Ducal.

2)   A la Salud, tanto en su dimensión preventiva como prestacional. El Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, directamente o en coordinación con otros niveles de gobierno situados en su ámbito territorial, elaborará y ejecutará programas sobre hábitos saludables, deporte, alimentación y otras prácticas y medidas orientadas a mejorar la salud de la ciudadanía y prevenir la enfermedad. Asimismo, velará por el buen funcionamiento de los servicios de salud y garantizará la igualdad de todos y todas en el acceso a los mismos. Para la mejor prestación y coordinación de estos servicios el nivel central del Estado, podrá delegar o transferir al Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz las facultades reglamentarias y de ejecución en materia de políticas del sistema de salud.

2)   Ángel Sandoval: Fue creada por Ley del 16 de diciembre de 1948, durante la Presidencia de Enrique Hertzog Garaizabal, gestionada por el honorable diputado nacional, Sr. Viador Moreno Peña. Esta provincia perteneció antes a las provincias Velasco y Chiquitos. Su capital es San Matías. Su bandera consta de tres franjas: verde, roja y celeste, con cinco estrellas doradas en la franja central. Lleva el nombre en honor del ilustre escritor, magistrado y hombre público, Dr. Ángel Sandoval.

2)   Determinar e incorporar a los programas que integren el plan de desarrollo económico y social del departamento los criterios de distribución justa de la riqueza, equidad de género e igualdad de oportunidades. Esta tarea de planificación estratégica se proyectará sobre los servicios, la industria, el sector público, el comercio, la defensa de la competitividad y otros vinculados con el desarrollo productivo y la generación de empleo digno.

2)       Normar, formular y ejecutar políticas de registro, protección, restauración, conservación, preservación, recuperación, revitalización, enriquecimiento,  custodia, promoción y difusión del patrimonio cultural, histórico, documental, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible departamental.