DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2016

Fecha: 16-Dic-2016

ARTÍCULO 123 (COMISIÓN AGRARIA DEPARTAMENTAL).-

ARTÍCULO 123 (COMISIÓN AGRARIA DEPARTAMENTAL).- El Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, a través de sus autoridades ejecutivas, participará en la Comisión Agraria Departamental (CAD) en el marco de la normativa vigente con el objeto de dictaminar, supervisar y realizar seguimiento sobre las políticas de tierras que sean las más favorables para el Departamento. Esta Comisión será presidida por la Gobernadora o Gobernador.

“ARTÍCULO 123 (COMISIÓN AGRARIA DEPARTAMENTAL).- El Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, a través de sus autoridades ejecutivas, participará en la Comisión Agraria Departamental (CAD) en el marco de la normativa vigente con el objeto de dictaminar, supervisar y realizar seguimiento sobre las políticas de tierras que sean las más favorables para el Departamento. Esta Comisión será presidida por la Gobernadora o Gobernador.