DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2016

Fecha: 16-Dic-2016

ARTÍCULO 103 (INSTANCIA DEPARTAMENTAL).-

ARTÍCULO 103 (INSTANCIA DEPARTAMENTAL).- La Gobernación contará dentro de su estructura con una instancia que se encargará del seguimiento, desarrollo normativo, elaboración de políticas departamentales sectoriales y fiscalización del desenvolvimiento del sector hidrocarburos en cuanto a la participación en empresas de industrialización de hidrocarburos en el territorio departamental en asociación con las entidades nacionales del sector.