DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2016

Fecha: 16-Dic-2016

se entiende la compatibilidad de los numerales 12 y 14 del art. 30 del proyecto que se analiza

En mérito a dichas normas, se entiende la compatibilidad de los numerales 12 y 14 del art. 30 del proyecto que se analiza, en el marco de su declaratoria de sujeción a la Constitución Política del Estado, y en el entendido que tanto la emisión o compra de títulos y valores, como la autorización de negociación y constitución de empréstitos, que constituyen formas de endeudamiento público, se realicen conforme a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización; es decir, previa autorización del órgano rector, cuando se trate de deuda interna pública, y previa autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional cuando se trate de deuda pública externa”.(las negrillas corresponde al texto original )