DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016

Fecha: 18-Abr-2016

ARTÍCULO 29. (

I.             Todas las competencias exclusivas asignadas por la Constitución Política del Estado y las leyes nacionales, serán asumidas obligatoriamente por el Gobierno Autónomo Municipal, al igual que aquellas que le corresponda en función de su carácter compartido o concurrente, sujetas a la normativa en vigencia.

II.            Las competencias exclusivas, concurrentes y compartidas establecidas en la Constitución Política del Estado o aquellas trasferidas o delegadas en cumplimiento de la normativa vigente, serán ejercidas bajo responsabilidad directa de las autoridades municipales, debiendo sujetarse a los sistemas de gestión pública, control gubernamental establecido en la ley, así como al control jurisdiccional.