DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016

Fecha: 18-Abr-2016

ARTÍCULO 82. (PRESUPUESTO MUNICIPAL).

IV.            El presupuesto municipal será distribuido en función a necesidades de la población, las comunidades y distritos municipales, respondiendo a la visión de Desarrollo integral del Municipio, tomando en cuenta los principios de equidad social, identificación de las necesidades prioritarias, en el marco de la normativa vigente.