DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016

Fecha: 18-Abr-2016

espacios

En ese marco, si bien la Constitución Política del Estado consagra que las ETA deben generar los espacios de participación y control social, sin embargo, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, como norma encargada de establecer el procedimiento para la elaboración de las normas institucionales básicas, consigna que dichos instrumentos en su contenido deben consagrar los mecanismos y formas de participación y control social; lo mencionado, permite colegir que las nociones de “mecanismos” y “espacios” no son contrarias entre sí, más al contrario resultan ser complementarias dentro del lineamiento general relativo a que todas las instituciones del Estado sean objeto de fiscalización por parte de la sociedad civil; en ese antecedente, se advierte que no es disonante con el actual orden constitucional que una carta orgánica en su contenido establezca los mecanismos y/o espacios a través de los cuales la sociedad civil organizada por medio de sus actores, ejercerá y materializará los derechos de participación y control social.