DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016

Fecha: 18-Abr-2016

ARTÍCULO 74. (EMPRESAS MUNICIPALES).

I.             El Gobierno Autónomo Municipal, está facultado para crear, constituir, participar y disolver empresas municipales, siempre y cuando se establezca la necesidad pública y se prevea la asignación de recursos correspondientes, esté debidamente fundamentada la estabilidad financiera institucional a largo plazo y se garantice la sostenibilidad de la empresa.