DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016

Fecha: 18-Abr-2016

ARTÍCULO 53. (ATRIBUCIONES DE LA ALCALDESA O EL ALCALDE MUNICIPAL).

31. Elaborar de manera participativa y coordinada el Plan Integral de Desarrollo Municipal, el Plan de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo y los Planes Sectoriales para su aprobación por el Concejo Municipal, en concordancia con los lineamientos de los Planes Nacionales y Departamentales, dentro el marco de la normativa vigente.

31. Elaborar de manera participativa y coordinada el Plan Integral de Desarrollo Municipal, el Plan de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo y los Planes Sectoriales para su aprobación por el Concejo Municipal, en concordancia con los lineamientos de los Planes Nacionales y Departamentales, dentro el marco de la normativa vigente;