DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016

Fecha: 18-Abr-2016

En consideración a las normas citadas, se advierte que las unidades de transparencia del sector público, como instancias encargadas de transparentar la gestión pública, coadyuvan directamente con la labor de los órganos ejecutivos; de ahí que dicha unidad no puede depender del órgano legislativo municipal, porque éste terminaría involucrándose en la gestión municipal del ejecutivo, afectando su legitimidad para fiscalizar los actos de administración de la cosa pública, lo que conllevaría una evidente vulneración al artículo 12.III de la CPE, que prohíbe expresamente que las funciones de los órganos públicos, sean reunidas en un solo órgano

En consideración a las normas citadas, se advierte que las unidades de transparencia del sector público, como instancias encargadas de transparentar la gestión pública, coadyuvan directamente con la labor de los órganos ejecutivos; de ahí que dicha unidad no puede depender del órgano legislativo municipal, porque éste terminaría involucrándose en la gestión municipal del ejecutivo, afectando su legitimidad para fiscalizar los actos de administración de la cosa pública, lo que conllevaría una evidente vulneración al artículo 12.III de la CPE, que prohíbe expresamente que las funciones de los órganos públicos, sean reunidas en un solo órgano (las negrillas son ilustrativas).