DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016

Fecha: 18-Abr-2016

Fragmento 107

II.            La recepción o delegación de competencias es revocable, manteniendo el gobierno delegante de la misma la titularidad, asumiendo la responsabilidad la entidad territorial que la recibe, en los términos establecidos en el convenio de delegación competencial y no puede ser, a su vez, transferida ni delegada total o parcialmente a una tercera entidad territorial autónoma.