DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016

Fecha: 18-Abr-2016

ARTÍCULO 99. (EDUCACIÓN).

7. Promover e implementar dentro el marco de la normativa vigente los mecanismos necesarios para una educación descolonizadora, intra e intercultural, plurilingüe, comunitaria, democrática participativa productiva y territorial, en armonía y complementariedad con la Madre Tierra, el cosmos y las espiritualidades para el vivir bien.

El Gobierno Autónomo Municipal, en el marco de las políticas nacionales del Sistema de Educación, declara a la educación como una función suprema y primera responsabilidad financiera del Municipio y ejerce de forma concurrente con los otros niveles autonómicos la Gestión del Sistema de Educación, promoviendo una educación universal, descolonizadora, comunitaria, democrática, participativa, unitaria, integradora, plurilingüe, productiva, inclusiva e intercultural, para ello deberá:

7.     Promover e implementar dentro el marco de la normativa vigente los mecanismos necesarios para una educación descolonizadora, intra e intercultural, plurilingüe, comunitaria, democrática participativa productiva y territorial, en armonía y complementariedad con la Madre Tierra, el cosmos y las espiritualidades para el vivir bien.

15.  Ejecutar las políticas nutricionales y de dotación de desayuno escolar y otros a implementarse por políticas nacionales, asegurando la calidad de la alimentación complementaria, cuidando que la misma contengan los nutrientes que aseguren el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes desde el nivel inicial hasta la conclusión de la educación secundaria, sin distinción entre unidades educativas de los distintos distritos.