DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2016

Fecha: 18-Abr-2016

DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA

III.         Los acuerdos y convenios, suscritos con anterioridad a la presente Carta Orgánica, que no contradigan sus preceptos, se mantendrán en el ordenamiento jurídico interno municipal con rango de Ley Municipal. Dentro el plazo de un (1) año, computable a partir de la vigencia de la presente Carta Orgánica, el Órgano Ejecutivo renegociará los convenios y acuerdos que sean contrarios a la presente Carta Orgánica.