DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014

Fecha: 25-Feb-2014

ARTÍCULO 105.- Bienes del Patrimonio Histórico - Cultural y Arquitectónico del Estado.

I.   Los bienes patrimoniales arqueológicos, precolombinos, coloniales, republicanos históricos, culturales, tangibles e intangibles, ecológicos y arquitectónicos del Estado, o los procedentes del culto religioso, ya sean de propiedad privada, pública o de las Iglesias, localizados en el territorio de la jurisdicción municipal, se encuentran bajo la protección del Estado, sujeto a legislación especial y destinada inexcusablemente al uso y disfrute de la colectividad.

II.      El Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Villarroel en coordinación con organismos nacionales e internacionales competentes, precautelará y promoverá la conservación, preservación y mantenimiento de los bienes del Patrimonio Histórico-Cultural y Arquitectónico del Estado Plurinacional en su jurisdicción.

I. Los bienes patrimoniales arqueológicos, precolombinos, coloniales, republicanos históricos, culturales, tangibles e intangibles, ecológicos y arquitectónicos del Estado, o los procedentes del culto religioso, ya sean de propiedad privada, pública o de las Iglesias, localizados en el territorio de la jurisdicción municipal, se encuentran bajo la protección del Estado, sujeto a legislación especial y destinada inexcusablemente al uso y disfrute de la colectividad.