DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014

Fecha: 25-Feb-2014

ARTÍCULO37.- Audiencias Públicas.

I.   Las audiencias públicas, son aquellos espacios otorgados por el Concejo Municipal destinados a la  participación ciudadana, individual o colectiva;  en los que se recibe información, explicaciones, evaluaciones, propuestas y acuerdos sobre temas relacionados con la administración y gestión municipal. Todas las audiencias públicas se realizarán dos (2) veces por mes y en los Distritos Municipales.