DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014

Fecha: 25-Feb-2014

ARTÍCULO 161.- Educación Ambiental

I.   Se deberá implementar la educación ambiental  en todos los  niveles educativos, en coordinación con la Dirección Distrital de Educación, para desarrollar una conciencia y una formación integral entre la humanidad y la Madre Tierra que promueva la protección del ambiente, la vida en armonía y la protección de los derechos de la Madre Tierra; así como la prevención de riesgos y desastres naturales.

II.      Los medios de comunicación del Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Villarroel o medios de comunicación privados que trabajen dentro el Municipio deberán facilitar espacios para la educación e información sobre el medio ambiente, la Madre Tierra, los riesgos y desastres naturales, la gestión integral de los residuos, etc.; con el fin de contribuir al desarrollo integral del Municipio.