DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014

Fecha: 25-Feb-2014

ARTÍCULO 146.- Sistema de Transporte.

a)   Regular, aprobar y fiscalizar las tarifas  de  transporte de pasajeros y carga; frecuencias,  rutas, paradas, calidad,  categorización, pasaje diferenciado (para niños, niñas, personas discapacitadas y adultos mayores), número de pasajeros, forma de identificación del conductor, seguridad del servicio de transporte, procedimiento de creación de nuevas líneas de transporte urbanas, rurales, interprovinciales, interdepartamentales, en coordinación con las organizaciones sociales e instituciones de su jurisdicción;

e)   Registrará el derecho propietario de todo vehículo automotor legalmente importado, ensamblado o fabricado en territorio nacional, con sede en la jurisdicción municipal y establecerá un sistema de control que impida la circulación de vehículos indocumentados, coordinando dicha acción con la Policía Boliviana;