DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014

Fecha: 25-Feb-2014

misión oficial

Por su parte el art. 173 de la CPE establece que el ejecutivo del nivel central del Estado puede ausentarse del territorio boliviano por misión oficial, sin autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional, hasta un máximo de diez días, es decir que su ausencia solo en caso de superar los diez días, es necesaria la autorización del Órgano Legislativo, por analogía, el ejecutivo de la entidad autónoma municipal, cuando sea por misión oficial, solo debiera solicitar licencia cuando su ausencia implique más de diez días, en razón a que en el nuevo orden constitucional, al interior de las entidades autónomas rige el principio de separación, independencia y cooperación de órganos establecido en el art. 12 de la CPE.