DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014

Fecha: 25-Feb-2014

ARTÍCULO 98.-Otros bienes municipales de dominio público.

II.      En los casos de enajenación de estos bienes, el Concejo Municipal mediante Ley Municipal por dos tercios (2/3) de votos del total de sus miembros, autorizará al Órgano Ejecutivo que tramite ante la Asamblea Legislativa Plurinacional la aprobación pertinente, instruyendo que el producto sea destinado a inversiones involucradas en el Plan Integral de Desarrollo Municipal.