DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014

Fecha: 25-Feb-2014

ARTÍCULO 28.- Concejalas y Concejales suplentes.

I.   Las Concejalas y Concejales suplentes asumirán funciones en el Concejo Municipal ante la ausencia temporal o definitiva de sus titulares, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política del Estado Plurinacional, normativa vigente, la presente Carta Orgánica y el Reglamento del Concejo Municipal.