DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2014

Fecha: 25-Feb-2014

ARTÍCULO 171.- Protección y desarrollo de ecosistemas y biodiversidad.

I.   El Gobierno Autónomo Municipal, reglamentará la caza, pesca, comercio, venta, captura, transporte de las especies endémicas o amenazadas que están protegidas por la normativa nacional e internacional vigente y de especies nativas silvestres; coordinando y solicitando el apoyo técnico y logístico de la Policía Nacional, el Ejército Nacional y la Base Naval para el cumplimiento de la norma municipal, el mantenimiento de una navegación expedita y la protección del medio ambiente.

II.      El Gobierno Autónomo Municipal, establecerá un programa de investigación para la preservación de especies endémicas en viveros o zoo criaderos, el manejo, aprovechamiento sostenible de las especies silvestres y para el repoblamiento de especies piscícolas en los ríos del territorio municipal; debiendo realizar alianzas estratégicas con las entidades académicas que desarrollan investigación o instituciones que trabajen en el área.