DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015

Fecha: 14-Ene-2015

art. 124

El art. 124 dice: “El Municipio Autónomo de Cuevo establecerá el ejercicio concurrente de algunas de sus competencias exclusivas con el nivel central, mantendrá la potestad legislativa, reglamentaria y ejecutiva”; articulado incompatible primero por reincidir en la utilización de la frase: “municipio autónomo” que de acuerdo al análisis efectuado en la presente declaración, es la entidad autónoma la que adquiere la calidad de autónoma y le son atribuidas las facultades constitucionales; más no al municipio entendido como la entidad territorial.

En segundo lugar, el gobierno municipal no puede establecer un ejercicio concurrente de sus competencias por imperio del art. 297.I.3 de la CPE que establece: “Concurrentes, aquellas en las que la legislación corresponde al nivel central del Estado y los otros niveles ejercen simultáneamente las facultades reglamentaria y ejecutiva”, por tanto es la Norma Suprema que determina la concurrencia, no la norma básica.