DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015

Fecha: 14-Ene-2015

Artículo 46º.- (Atribuciones)

f.- Revisar, aprobar y rechazar el informe de ejecución del Programa Operativo Anual (POA), los estados financieros (EF, balance de activos, pasivos y patrimonio y estado de ingresos y gastos e inversiones), ejecución presupuestaria (EP) y la memoria correspondiente a cada gestión anual, presentados por el ejecutivo municipal dentro los tres primeros meses de la gestión.

g.- Aprobar dentro los primeros 30 días de su presentación Programa Operativo Anual (POA) y el Presupuesto Municipal (PM) presentados por el ejecutivo municipal en base al Plan de Desarrollo Municipal (PDM), utilizando la planificación participativa municipal. Cuando el concejo municipal no se pronunciara en el plazo señalado, el Programa Operativo Anual (POA) y Presupuesto Municipal (PM) presentados se darán por aprobados.

s.- Aprobar mediante resolución interna el presupuesto del concejo, la planilla presupuestaria para la remuneración de los concejales, agente municipal alcalde municipal y administración municipal, de acuerdo con el grado de responsabilidad y la naturaleza del cargo; asimismo la escala de viáticos y gastos de representación del presidente del concejo y del ejecutivo municipal en función con lo establecido en la presente ley y con la capacidad económica del municipio, para su consolidación en el presupuesto municipal.