DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015

Fecha: 14-Ene-2015

art. 24

El art. 24 del proyecto de la norma básica, regula sobre derechos políticos de las y los ciudadanos y lo hace de manera desordenada, sesgada y confusa que de acuerdo al texto supremo son derechos fundamentales ya establecidos con precisión y claridad el art. 26.I y II, cuyos contenidos son de aplicación directa y cuyo desarrollo está remitido a leyes de nivel central, por lo que la norma básica no es el instrumento idóneo para su conceptualización, desarrollo o cita defectuosa de ellos de acuerdo a lo preceptuado en el art. 109.I y II constitucional que señalan: “I. Todos los derechos reconocidos en la Constitución son directamente aplicables y gozan de iguales garantías para su protección” y “II. Los derechos y sus garantías sólo podrán ser regulados por la ley”; restringiendo entonces, la intervención de la norma básica, únicamente a operativizar los mismos a través de mecanismos insertos en relación a sus competencias exclusivas o desarrollarlas en regímenes en la propia Carta Orgánica, por ello se procede al análisis de cada parágrafo observado para verificar si alguno de ellos cumple estos preceptos.