DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015

Fecha: 14-Ene-2015

arts. 94, 95, 96 y 97

Los arts. 94, 95, 96 y 97 están contenidos bajo el epígrafe participación y control social, quedando claro en el art. 93 de la propia norma básica que la labor del gobierno municipal es crear espacios para el ejercicio de este derecho ciudadano por la sociedad civil organizada; sin embargo, en los artículos observados el estatuyente ingresa a regular para esta instancia que debe ser totalmente autónoma en su organización, sus formas de participación (art. 94 y 95 de la norma básica), su conceptualización ( art. 95 de la norma básica) que ya está contenida en ley del nivel central; le impone una obligación (art. 96 de la norma básica) siendo al contrario un derecho, y en el art. 97 de la norma básica sesga los espacios de participación a: “…comunidades guaraníes y sus organizaciones, de acuerdo a la Constitución Política del Estado, las leyes vigentes y esta carta orgánica”; en consecuencia los parágrafos observados deben ser expulsados por ser contradictorios con los arts. 241 y 242 de la CPE.