DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015

Fecha: 14-Ene-2015

art. 9

Asimismo, establece la ubicación del municipio; sin embargo, procede a determinar los límites, contrariando el art. 269.II que dice: “La creación, modificación y delimitación de las unidades territoriales se hará por voluntad democrática de sus habitantes, de acuerdo a las condiciones establecidas en la Constitución y la ley”, también el art. 158.I.6 de la CPE, que le atribuye ésta competencia a la Asamblea Legislativa Plurinacional en el siguiente sentido: “Aprobar la creación de nuevas unidades territoriales y establecer sus límites de acuerdo con la Constitución y con la ley”; quedando claro por consiguiente, primero que el municipio de Cuevo como unidad territorial podría quedar dividido por decisión de sus habitantes previo cumplimiento de procedimientos que deberán estar contenidos en una ley de nivel central, no así definido en la norma básica, por esta razón establecer límites no es permisible.

Sobre la base de esas consideraciones, la parte final del art. 9 de la norma básica, desde: “entre las latitudes Sur 20°27'00” y a una longitud al Oeste 63°31'59” a una altura de 1068 msnm; limita al Norte con la Sección Municipal Camiri, al Sur y Oeste con la Provincia Luis Calvo del Departamento de Chuquisaca y al este con la Sección Municipal de Boyuibe, debe ser retirada.