DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2015

Fecha: 14-Ene-2015

art. 7.I, II y III

El art. 7.I, II y III define los símbolos del municipio; sin embargo, en tres parágrafos mezcla los nacionales con los locales, por tal razón se debe declarar su incompatibilidad bajo el siguiente argumento. La DCP 0042/2014 de 25 de julio, ha ratificado la línea jurisprudencial sentada por el Tribunal, respecto a la temática símbolos en las normas básicas en el siguiente sentido: “Símbolos e idiomas. La Carta Orgánica, puede establecer en su contenido únicamente los símbolos propios del municipio, sin que ello signifique que no reconocen los símbolos nacionales establecidos en el art. 6.II de la CPE, más aún cuando el proyecto de Carta Orgánica expresa en uno de sus artículos, la sujeción a la norma constitucional”, por tanto, los tres parágrafos deben ser expulsados.