DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2015

Fecha: 22-May-2015

Artículo 108. Presupuesto operativo y sus modificaciones.

Artículo 108. Presupuesto operativo y sus modificaciones. I. El presupuesto operativo debe ser  integral en la medida que articula la planificación, programación, inversión y presupuesto, comprendiendo la totalidad de los gastos y recursos, clasificados de tal forma que se pueda determinar con precisión y claridad su naturaleza, origen y monto.