DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2015

Fecha: 22-May-2015

Artículo 23. Forma de organización del Órgano Legislativo.

II. El Concejo Municipal estará integrado por concejales (as) titulares y suplentes, los concejales titulares tienen la obligación de habilitar a sus suplentes de acuerdo al Reglamento General de Funcionamiento del Concejo Municipal, los concejales suplentes percibirán remuneración sólo en caso de que efectivamente realicen trabajo en reemplazo de la o el Concejal Titular.