DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2015

Fecha: 22-May-2015

Artículo 131. Régimen de la educación.

Artículo 131. Régimen de la educación. I. La educación es prioritaria para el Municipio de San Joaquín toda vez que se constituye en una de las más altas funciones gubernamentales, permitiendo a los ciudadanos potenciar capacidades y habilidades que les permitan acceder en condiciones óptimas al mercado de trabajo, ejercer de forma responsable y plena sus derechos y deberes, y mejorar su calidad de vida en general.

II. El Gobierno Autónomo Municipal de San Joaquín tiene la responsabilidad de apoyar la educación y la cultura a través de la elaboración de programas, planes y proyectos destinados a reforzar y mejorar los recursos infraestructurales, humanos y técnicos para garantizar el libre acceso de los ciudadanos a oportunidades de educación.