DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2015

Fecha: 22-May-2015

Artículo 19. Procedimiento de elección de autoridades.

Artículo 19. Procedimiento de elección de autoridades. I. La elección de concejalas y concejales se realizará mediante sufragio universal, tal cual estipula el ordenamiento jurídico y normativo vigente, estos deberán ser elegidos en listas separadas a la del alcalde o alcaldesa, elección que deberá respetar los siguientes criterios;

“Artículo 19. Procedimiento de elección de autoridades. I. La elección de concejalas y concejales se realizará mediante sufragio universal, tal cual estipula el ordenamiento jurídico y normativo vigente, estos deberán ser elegidos en listas separadas a la del alcalde o alcaldesa, elección que deberá respetar los siguientes criterios;