DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2015

Fecha: 22-May-2015

Artículo 44. De la carrera administrativa.

Artículo 44. De la carrera administrativa. I. Se establece la carrera administrativa municipal, con el objetivo de promover la eficiencia de la actividad administrativa en servicio de la colectividad, el desarrollo laboral de los servidores públicos municipales y la permanencia de éstos está condicionada a su desempeño. La carrera administrativa municipal deberá sujetarse a lo descripto en la presente Carta Orgánica y las disposiciones que rigen para los servidores públicos.

II. La máxima autoridad ejecutiva del Gobierno Autónomo Municipal de San Joaquín, en forma obligatoria, programará y conducirá procesos de evaluación sobre el desempeño de sus funcionarios de carrera administrativa municipal, La permanencia de éstos estará condicionada a su desempeño. La carrera administrativa municipal se articula mediante el Sistema de Administración de Personal.