DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2015

Fecha: 22-May-2015

identificó al órgano emisor de la norma

De lo expresado y para el caso presente se tiene que el proyecto de carta orgánica en su jerárquica jurídica interna describe la variedad de normas empezando por la carta orgánica que evidentemente no tiene órgano emisor, ya que es el pueblo soberano que lo aprueba mediante referendo, luego se refiere a las leyes municipales emitidas por el Concejo, luego el Decreto Municipal y Edil emitidas por el Ejecutivo, luego se refiere a las resoluciones municipales del Concejo, y resoluciones administrativas municipales del ejecutivo, seguidamente la resoluciones distritales emitidas por el Sub Alcalde, y finalmente las resoluciones técnico administrativas emitidas por las diferentes direcciones, unidades y jefaturas del Ejecutivo, advirtiéndose un desorden en su estructura intercalando por normas del Concejo y del Ejecutivo, sin establecer una jerarquía real que discrimine por órganos las normas que serán emitidas; toda vez, que si bien es cierto el estatuyente correctamente identificó al órgano emisor de la norma y desarrolló la naturaleza y el alcance de la norma, más no estableció una jerarquía interna correcta por cada órgano; consecuentemente y siendo que todos los elementos mencionados en la DCP 0008/2015, son necesariamente concurrentes, este aspecto conlleva el vicio de incompatibilidad del artículo en análisis, ya que al no señalar una estructura jerárquica de las normas jurídicas internas por órgano, se corre el riesgo de crear un caos jurídico que derive en la inseguridad jurídica.