DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2015

Fecha: 22-May-2015

Artículo 14. De la Colisión Normativa Autonómica.

Artículo 14. De la Colisión Normativa Autonómica. En el caso de producirse discrepancia en la interpretación y aplicabilidad entre dos normas municipales o de aplicación municipal, se aplicará en orden de prelación, la Constitución Política del Estado y la presente Carta Orgánica, por encima de cualquier ley o resolución municipal.

“Artículo 14. De la Colisión Normativa Autonómica. En el caso de producirse discrepancia en la interpretación y aplicabilidad entre dos normas municipales o de aplicación municipal, se aplicará en orden de prelación, la Constitución Política del Estado y la presente Carta Orgánica, por encima de cualquier ley o resolución municipal”.