DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2017

Fecha: 22-Feb-2017

Artículo 38.

8.     Por Decreto Edil, designar a los Secretarios y las Secretarias Municipales, Sub Alcaldes o Sub Alcaldesas de Distritos Municipales y Autoridades de Entidades Desconcentradas Municipales, con criterios de equidad social y de género en la participación de la gestión pública municipal y en el marco de la interculturalidad.

15.  Presentar al Concejo Municipal, para su consideración y aprobación mediante Ley Municipal, el Programa de Operaciones Anual, el Presupuesto Municipal consolidado y sus reformulados, hasta veinte (20) días hábiles antes de la fecha de presentación establecida por el Órgano Rector del Nivel Central del Estado.

19.  Presentar el Proyecto de Ley para el reconocimiento de honores, distinciones, premiaciones, en los campos productivo, histórico, cívico, deportivo, educativo, artístico, cultural, laboral y otros, para la celebración de conmemoración en las que se quiere resaltar la dignidad y reconocimiento de las personas de la jurisdicción municipal, personalidades departamentales, nacionales e internacionales, y altos dignatarios de Estado, así como fechas históricas.

21.  Presentar informes detallados y documentados de rendición de cuentas  sobre la ejecución física y financiera del Programa de Operaciones Anual,  Presupuesto Municipal,  en audiencias públicas por lo menos dos (2) veces al año garantizando la participación de los actores sociales con equidad de género.

25.  Ordenar la demolición de inmuebles que no cumplan con las normas de servicios básicos, de uso de suelo, subsuelo y sobresuelo, normas urbanísticas y normas administrativas especiales, por sí mismo o en coordinación con autoridades e instituciones del nivel local y/o central del Estado y Departamento, de acuerdo a normativa Municipal.