DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2017

Fecha: 22-Feb-2017

Sobre el parágrafo II numeral 7

El art. 5 de la LMAD, que realiza el desarrollo de los principios establecidos en la Constitución, con respecto al principio de “Preexistencia de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos” estableció lo siguiente en su numeral 7: “Dada la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales”.