DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2017

Fecha: 22-Feb-2017

minerales

El art. 298.II.4 de la CPE, establece que son de competencia exclusiva del nivel central del Estado, los recursos naturales estratégicos, que comprenden minerales, espectro electromagnético, recursos genéticos y biogenéticos y las fuentes de agua, en cuyo entendimiento el nivel central del Estado ejerce sobre éstos las facultades legislativa, reglamentaria y ejecutiva (art. 297.I.2 CPE).