DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2017

Fecha: 22-Feb-2017

constitucionalidad

Por tanto, se entiende la compatibilidad de los dos numerales analizados, en el marco de su declaratoria de sujeción a la Norma Suprema, y en el entendido que la aprobación o rechazo de emisión o compra de títulos valores, como la autorización de negociación y constitución de empréstitos, que constituyen formas de endeudamiento público, se realice conforme a lo dispuesto y expuesto por la CPE y la LMAD; es decir, previa autorización del órgano rector cuando se trate de deuda interna pública, y previa autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional, cuando se trate de deuda pública externa” (DCP 0026/2013) entendimiento en virtud del cual se interpreta la constitucionalidad, así también lo entendió la DCP 0003/2014 .