DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2020

Fecha: 18-Mar-2020

Artículo 52. (Prohibición de Ejercer otras Actividades a la Defensora o Defensor del Ciudadano).

Artículo 52. (Prohibición de Ejercer otras Actividades a la Defensora o Defensor del Ciudadano). Mientras dure el mandato de la Defensora o Defensor del ciudadano deberá abstenerse de realizar cualquier tipo de actividad política o sindical u otra que involucre simplemente a una fracción de pobladores del Municipio. La violación a esta disposición lo hará pasible a su destitución de conformidad a la normativa municipal que rija esa función.