DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2020

Fecha: 18-Mar-2020

Proyectos de agua potable

Por su parte el art. 299.II de la CPE, establece las competencias que ejercidas de forma concurrente por el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas, entre las cuales dispone la siguiente: “9. Proyectos de agua potable y tratamiento de residuos sólidos” (el resaltado es añadido).

De lo citado presentemente se advierte que, respecto a las competencias concurrentes dispuestas en la Norma Suprema, el nivel Central del Estado es la instancia titular del ejercicio de la facultad legislativa; es decir, será la Asamblea Legislativa Plurinacional el órgano competente para emitir la ley sectorial, norma que incluirá las responsabilidades asignadas a las demás Entidades Territoriales Autónomas, que en aplicación de las facultades reglamentaria y ejecutiva serán ejercidas las mismas.