DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2020

Fecha: 18-Mar-2020

V.

V.    En caso de que las naciones y pueblos indígena originario campesinos, las comunidades interculturales, afrobolivianas u otras minorías conformen de acuerdo a la Ley Municipal de Creación de Distritos uno o más distritos municipales indígena originarios campesinos elegirán a su representante o sus representantes al concejo municipal y a su autoridad o autoridades por sus normas y procedimientos propios, según lo establecido en la Constitución Política del Estado, Ley Marco de Autonomías, Normativa nacional y municipal vigente.

V.      En caso de que las autoridades del Gobierno Autónomo Municipal no convoquen a los colectivos sociales a la rendición pública de cuentas los actores y representantes de las organizaciones sociales, sociedad civil organizada convocarán al Concejo Municipal y a la Alcaldesa o Alcalde y a los servidores públicos municipales encargados de la administración a que presten su informe en ampliado municipal.

V.    El Gobierno Autónomo Municipal podrá implementar el transporte escolar para el servicio de estudiantes del nivel primario y secundario que tengan que trasladarse de las comunidades alejadas a los colegios o unidades educativas y podrá hacer de operador del servicio público pasajeros al interior del municipio.

V.      En caso de que las autoridades del Gobierno Autónomo Municipal no convoquen a los colectivos sociales a la rendición pública de cuentas los actores y representantes de las organizaciones sociales, sociedad civil organizada convocarán al Concejo Municipal y a la Alcaldesa o Alcalde y a los servidores públicos municipales encargados de la administración a que presten su informe en ampliado municipal