DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2020

Fecha: 18-Mar-2020

y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones

En el marco de la jurisprudencia citada y considerando lo dispuesto en el art. 272 de la CPE que establece que: “La autonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones” (el resaltado es nuestro), el Ejecutivo Municipal podrá emitir sanciones administrativas dentro del ámbito de su jurisdicción y en el alcance de sus atribuciones; sin embargo, no puede establecer ni ejercer sanciones sobre competencias del nivel central del Estado.