DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021

Fecha: 05-Ene-2021

Artículo 117.I.

De la normativa constitucional precedente, se tiene que el debido proceso se manifiesta en una triple dimensión; toda vez que, por una parte el art. 115.II de la CPE, lo reconoce como un derecho; por otra parte, como garantía jurisdiccional, según la configuración jurídica contemplada en el art. 117.I de la Norma Suprema; y, finalmente constituye un principio que emerge del Estado de Derecho y del principio de legalidad en su vertiente procesal, que está expresamente previsto -como principio procesal de la jurisdicción ordinaria- por el art. 180.I de la Ley Fundamental.