DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021

Fecha: 05-Ene-2021

Artículo 89. (EDUCACIÓN).

I.      El Gobierno Autónomo Municipal de Santa Rosa del Sara, impulsará la educación regular, alternativa y especial, pública, universal, democrática, participativa, pluralista, comunitaria, descolonizadora, productiva, intercultural, obligatoria y de calidad; reconociendo que la educación es prioridad municipal para el desarrollo integral del ser humano.

III.        El gobierno municipal, promueve la regionalización y diversificación curricular. Las ramas complementarias de carácter diversificado están orientadas a la adquisición y desarrollo de competencias y contenidos complementarios relacionados con la especificidad ecológica, sociocultural, socioeconómica y sociolingüística del municipio.

3.    Diseña programas y proyectos; para el descubrimiento y promoción del talento y la excelencia de niñas, niños, adolescentes y jóvenes dentro de su jurisdicción y gestiona becas de estudios, encaminado al aprovechamiento de estos talentos, cuyo financiamiento podría gestionarse a través de entidades públicas y privadas.

IV.   El gobierno municipal, contribuye a la educación técnica humanística en unidades educativas, a través de la dotación de: infraestructura, material educativo, servicios básicos y equipamiento de calidad en las unidades educativas de educación regular, educación alternativa y especial, así como de las Direcciones Distritales y de Núcleo, en su jurisdicción.

VI. El gobierno municipal, incentiva la capacitación y actualización de los docentes referida a derechos, sistemas educativos, investigación educativa, medio ambiente, prevención en drogadicción, control social, enfoque de género y otros, que favorezcan el desarrollo educativo integral de la población del municipio.

I.    El Gobierno Autónomo Municipal de Santa Rosa del Sara, impulsará la educación regular, alternativa y especial, pública, universal, democrática, participativa, pluralista, comunitaria, descolonizadora, productiva, intercultural, obligatoria y de calidad; reconociendo que la educación es prioridad municipal para el desarrollo integral del ser humano.

III. El gobierno municipal, promueve la regionalización y diversificación curricular. Las ramas complementarias de carácter diversificado están orientadas a la adquisición y desarrollo de competencias y contenidos complementarios relacionados con la especificidad ecológica, sociocultural, socioeconómica y sociolingüística del municipio.

3.   Diseña programas y proyectos; para el descubrimiento y promoción del talento y la excelencia de niñas, niños, adolescentes y jóvenes dentro de su jurisdicción y gestiona becas de estudios, encaminado al aprovechamiento de estos talentos, cuyo financiamiento podría gestionarse a través de entidades públicas y privadas.

IV. El gobierno municipal, contribuye a la educación técnica humanística en unidades educativas, a través de la dotación de: infraestructura, material educativo, servicios básicos y equipamiento de calidad en las unidades educativas de educación regular, educación alternativa y especial, así como de las Direcciones Distritales y de Núcleo, en su jurisdicción.

VI. El gobierno municipal, incentiva la capacitación y actualización de los docentes referida a derechos, sistemas educativos, investigación educativa, medio ambiente, prevención en drogadicción, control social, enfoque de género y otros, que favorezcan el desarrollo educativo integral de la población del municipio.