DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021

Fecha: 05-Ene-2021

concierne aplicar el cambio de línea establecido en la DCP 0003/2020, que específicamente en materia de salud estableció

En ese sentido se tiene que en las disposiciones en análisis el estatuyente municipal, pretende mediante un proyecto de norma institucional básica, regular temáticas que corresponden a la competencia concurrente en materia de salud, razón por la cual concierne aplicar el cambio de línea establecido en la DCP 0003/2020, que específicamente en materia de salud estableció: “El            art. 299.II.10 de la CPE, prescribe a la ‘Gestión del sistema de salud…’ como competencia concurrente a ser ejercida por el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas.

De donde se entiende que en esta competencia, el nivel central del Estado es el titular de la facultad legislativa y los otros niveles ejercen simultáneamente las facultades reglamentaria y ejecutiva, tal cual desarrolla en los fundamentos jurídicos expresados supra, donde la titularidad legislativa dentro del ejercicio de las competencias concurrentes lo ostenta el nivel central del Estado, en base a la cual este emitirá una ley sectorial encargada de la distribución las responsabilidades para cada nivel subestatal, debiendo estar la ETA sujeta al despliegue distributivo que derive de la mencionada legislación, quedándole únicamente el desarrollo de las facultades reglamentarias y ejecutivas.