DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021

Fecha: 05-Ene-2021

competencias concurrentes

En ese sentido, la DCP 0001/2013 fue permisivo cuando el proyecto de COM, insertó distribución de responsabilidades de competencias concurrentes a través de los contenidos de sus preceptos, con el siguiente entendimiento ‘…en el caso de las competencias concurrentes y compartidas que vayan a ser establecidas en la Carta Orgánica, estás deberán establecer preceptos enmarcados en la ley sectorial en el primer caso y la ley básica en el segundo caso, que emita el nivel central del Estado, ello en resguardo de la titularidad de la facultad legislativa que goza sobre ambos tipos de competencias el nivel central del Estado, es decir, las permitió siempre y cuando exista ley sectorial promulgada que agote la tarea distributiva de una determinada competencia concurrente; consecuentemente sería una reproducción de lo que manda la señalada ley -control de legalidad-.

En ese sentido, la DCP 0001/2013 fue permisivo cuando el proyecto de COM, insertó distribución de responsabilidades de competencias concurrentes a través de los contenidos de sus preceptos, con el siguiente entendimiento ‘…en el caso de las competencias concurrentes y compartidas que vayan a ser establecidas en la Carta Orgánica, estás deberán establecer preceptos enmarcados en la ley sectorial en el primer caso y la ley básica en el segundo caso, que emita el nivel central del Estado, ello en resguardo de la titularidad de la facultad legislativa que goza sobre ambos tipos de competencias el nivel central del Estado, es decir, las permitió siempre y cuando exista ley sectorial promulgada que agote la tarea distributiva de una determinada competencia concurrente; consecuentemente sería una reproducción de lo que manda la señalada ley -control de legalidad-.